(Terminado) BBLL – Entradas Premier Padel 2025

La empresa BIPI, en adelante La Entidad, realiza un sorteo cuya dinámica, así como el premio, se especifican en estas bases legales.

1.-Identificación del promotor.

– El concurso será efectuado por Bipi Mobility, S.L. (en adelante, “BIPI”), con CIF B-87742383, con domicilio en Calle Orense nº 81, 5º. 28020, Madrid.

2.-Gratuidad del sorteo.

– La participación en el concurso será totalmente gratuita.

3.- Dinámica de la acción.

– La Entidad realizará un sorteo el día 25 de Agosto como máximo a través de su perfil de Instagram en cualquier formato de publicación.

Se deben cumplir los siguientes pasos:

  • Seguir la cuenta @bipi_es
  • Menciona con quién quieres ir en comentarios de la publicación

4.-Periodo de duración.

– El sorteo será válido desde el 19 de agosto de 2025 hasta el 25 de agosto de 2025.

5.- Procedimiento para la participación. 

– Podrán participar en el sorteo todas las personas que vivan en España (a excepción de las Islas Canarias, Islas Baleares, Ceuta y Melilla), que cumplan los requisitos indicados en estas Bases Legales. La entidad se reserva el derecho de solicitar a los participantes la documentación necesaria que acredite que cumplen con las condiciones de participación.

6.- Exclusiones.

– No podrán participar en este concurso los empleados de Bipi, ni sus familiares hasta el segundo grado en línea directa.

– Tampoco menores de edad.

7.- Premio.

– El premio* será el siguiente:

Entradas dobles para los días 2 y 3 de Septiembre, habrá 2 ganadores.

8.- Entrega del premio. 

– El ganador del sorteo será comunicado el 25 de agosto a través de la cuenta de instagram por mensaje privado. El ganador tendrá que seguir las indicaciones de la Entidad para la entrega, uso y disfrute del premio.

El premio no puede ser canjeado por ningún otro producto o servicio ni por su contravalor en metálico.

Una vez reclamado el premio se indicará al usuario participante el procedimiento de recogida del mismo.

Si el ganador no cumple los requisitos indicados por La Entidad o incumple alguna de las siguientes indicaciones de la misma para la entrega del premio, esta se reserva el derecho a la cancelación del premio.

Si el ganador no responde en 5 días el premio podrá considerarse nulo.

9.- Exoneración de Responsabilidad.

– Bipi no se hace responsable de los daños y perjuicios derivados de la participación en este concurso. Consecuentemente, los participantes exoneran a La Entidad de la forma más amplia que en Derecho proceda, de cualquier tipo de responsabilidad, sanción, reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole, incluyendo las indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de gastos en los que pudiere resultar implicada La Empresa con motivo u ocasión del presente concurso.

La empresa organizadora tampoco responderá de los casos de fuerza mayor que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio.

De igual forma, el promotor de este concurso queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados por los propios agraciados que impidiera su identificación.

10.- Reservas.

– Bipi se reserva el derecho de dar de baja automáticamente del concurso a cualquier Participante que altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del mismo, realice prácticas o comentarios impropios, incumpla cualquiera de los términos y condiciones de las presentes Bases Legales, vulnere o incumpla cualquier tipo de normativa o utilice cualquier tipo de práctica que pueda ser considerada contraria al espíritu del concurso.

La empresa organizadora se reserva el derecho de acortar, prorrogar, modificar o cancelar esta promoción, si concurrieran circunstancias excepcionales que impidieran su realización, comunicando dichas circunstancias de manera que se evite cualquier perjuicio para los participantes en la promoción.

11. Protección de datos.

– Léase Política de Privacidad en la Web de Bipi.

12. Aceptación de las bases.

– La simple participación implica la aceptación de las presentes Bases, por lo que la manifestación en el sentido de no aceptación de la totalidad o parte de las mismas implicará la exclusión del participante y como consecuencia de ello, Bipi quedará liberado del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.

13-. Jurisdicción competente.

– Para cuantas dudas puedan derivarse de la interpretación del presente documento, las partes se someten a la jurisdicción y fuero de los Juzgados y Tribunales de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.